Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Los usos de suelo a través de mapas y planos georreferenciados que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio;
- Fecha de creación: 01 Julio 2024
- Vigencia: 30 Septiembre 2024
- Validación: 22 Noviembre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Bienestar e Igualdad Social
No aplica.
De conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social carece de facultades relacionadas con los usos de suelo.